viernes, 3 de julio de 2026

Mensaje a Veeduría del proceso MC-HIL-CDATH-021-2026

En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, el Centro de Desarrollo Agroempresarial y Turístico del Huila – SENA, invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al presente proceso, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el SECOP II. De acuerdo con la Ley 850 del 2003, las veedurías pueden conformar los diferentes comités (técnicos, financieros y sociales, entre otros) para poder ejercer su función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley, desarrollarán su actividad.

Se convoca a los entes de control, veedurías ciudadanas y comunidad en general, para que desarrollen la vigilancia y control ciudadano al proceso MC-HIL-CDATH-021-2026 “41_9526_176 Contratar el análisis de calidad de agua potable que se suministra al Centro de Desarrollo Agroempresarial y Turístico del Huila, SENA Regional Huila con el fin de cumplir con el requisito legal que establece el decreto 1575 del 2007.”


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