En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley
80 de 1993, el Centro de Desarrollo Agroempresarial y Turístico del Huila –
SENA, invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control
social al presente proceso, en cualquiera de sus fases o etapas, a que
presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las
audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el SECOP II. De
acuerdo con la Ley 850 del 2003, las veedurías pueden conformar los diferentes
comités (técnicos, financieros y sociales, entre otros) para poder ejercer su
función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley,
desarrollarán su actividad.
Se convoca a los entes de control, veedurías ciudadanas y comunidad en general, para que desarrollen la vigilancia y control ciudadano al proceso MC-HIL-CDATH-033-2026 “41_9526_159 Adquirir a título de compra tóner, insumos para carnetización y elementos de escritorio y oficina para el Centro de Desarrollo Agroempresarial y Turístico del Huila, SENA Regional Huila.”
